ARTÍCULO 109.- (ESPECIFICACIONES).

Reglamento Operativo para las Empresas Privadas de Vigilancia (ROEPV)

4 de Febrero, 2013

Vigente

Regula la autorización, funcionamiento, renovación, suspensión y sanción de las actividades de las Empresas Privadas de Vigilancia.


ARTÍCULO 109.- (ESPECIFICACIONES).
Las Empresas dedicadas al blindaje de vehículos deberán sujetarse a la siguiente descripción:

a) BLINDAJE: Nivel 5 protección contra munición 7.62: a excepción de piso y techo que deberán contar con nivel 3 de protección.

b) PARTES: Todas las puertas incluyendo quinta puerta y sus marcos, todos los vidrios, piso del habitáculo, techo, torpedo, batería, computador del vehículo y motor, toma de aire frontal, área radiador, capote, costados del habitáculo, postes, parales, corona del techo, todas las llantas, guardafangos, tapa y tanque de combustible con recubrimiento en material no inflamable antifragmentario:

c) MATERIAL OPACO: El material de blindaje instalado en el habitáculo se debe realizar con una técnica de aplicación adecuada, que garantice la adherencia del material a la estructura del vehículo, por medio de elementos que garanticen que no habrá desprendimientos que permitan el paso de proyectiles después de los primeros impactos, con protección balística de 360 grados para ello se debe realizar en aramidas en cada área a proteger (no deben existir retazos), así mismo este material debe ser instalado en el capote y torpedo, el tanque de la gasolina se deberá proteger con un manto en aramidas impermeabilizadas, las siguientes áreas se deberán blindar con acero balístico en una sola lamina, (no se aceptan composición de láminas añadidas o soldadas), de alta resistencia y que cumpla las exigencias de protección balística requeridas: traslapes, pestañas (de protección en los marcos de las puertas adheridas a la corona y parales, las dimensiones se deben coordinar con la empresa), guardabarros, delanteros y traseros, parales, corona, área del radiador, batería, parte frontal del vehículo (área de faroles) parachoques delantero y trasero, el cual debe estar reforzado en acero como alma interior y retornos donde sea necesario, todas estas áreas se protegerán con acero balístico, en las puertas donde no sea posible la instalación de la aramida, se debe realizar con acero balístico (en coordinación con la empresa), el techo deberá estar blindado en material de aramida y/o acero balístico, el piso del vehículo deberá estar blindado con manto de aramidas;

d) REFUERZO DE ESTRUCTURA: En acero balístico reforzando las áreas de: párales, corona de techo, partes estructurales y defensa delantera, traslapes: en las uniones de párales, en los cinturones, manijas, lámparas parasoles y chapas debe haber protección mediante traslape, axial como en la unión del material opaco, las bisagras de todas las puertas deben tener una resistencia tal, que soporte sin problemas el peso adicional del blindaje para evitar descolgamientos, adicionando un templete en bronce para garantizar el buen funcionamiento de las mismas;

e) TANQUE DE COMBUSTIBLE: El tanque de combustible se protegerá con catorce (14) capas de aramidas cosida con hilo balístico e impermeabilizado;

f) REFUERZO A LA SUSPENSIÓN: En caso de que el peso del blindaje más el peso de cuatro ocupantes (85 kg c/u) supere la máxima capacidad de carga del vehículo, se debe efectuar modificaciones al sistema de suspensión y frenos con el reemplazo de amortiguadores especiales, espirales y frenos por otros de mayor capacidad que conserven las condiciones de funcionamiento originales y con una vida útil similar o superior a la de tas autopartes originales, el vehículo debe conservar la altura original, especificando la modificación de la suspensión tanto delantera como trasera (resortes o muelles reforzados) y demás cambios que se requieran; con barra de control lateral y barra estabilizadora;

g) MATERIAL TRANSPARENTE: Todos los vidrios del vehículo serán reemplazados por vidrios blindados, estos cristales deben ser flotados, debidamente laminados con películas de polivinil butyral ó poliuretano y policarbonato en la cara interior para proteger los ocupantes del vehículo, con un polarizado hasta del 50%. el espesor final que deben tener los cristales blindados debe ser acorde con el. nivel 5, el proceso de elaboración los cristales debe cumplir con normativas técnicas para acristalamientos de seguridad resistentes a los proyectiles, deben incorporar refuerzos de acero balístico en los bordes, el vidrio delantero izquierdo debe permitir movilización, vertical, máximo de 8 cm, con una tolerancia de +/- 1 cm., los cristales deben estar unidos con la mayor asepsia de tal forma que no aparezcan hongos entre cristales, ni presentar distorsiones horizontales o verticales de imagen, no se deben emplear vidrios con burbujas o cámaras de aire, se debe especificar el espesor;

h) FIJACIÓN: La fijación del material de blindaje opaco a la estructura del vehículo debe garantizar su firme adherencia, se debe especificar previamente el sistema de fijación de los materiales opaco y transparente; y

i) LLANTAS: Todas las llantas incluida la de repuesto deben contar con un sistema que garantice la marcha.