DISPOSICIÓN TRANSITORIA PRIMERA.-

Reglamento Parcial a la Ley de Otorgación de Personalidades Jurídicas (1597)

5 de Junio, 2013

Vigente

Reglamenta parcialmente la Ley 351, de 19/03/2013, de Otorgación de Personalidades Jurídicas, en lo referente a la otorgación y registro de la personalidad jurídica a organizaciones sociales, organizaciones no gubernamentales, fundaciones y entidades civiles sin fines de lucro que desarrollen actividades en más de un departamento y cuyas actividades sean no financieras.


DISPOSICIÓN TRANSITORIA PRIMERA.-
El Ministerio de Autonomías en un plazo no mayor a treinta (30) días calendario, computables a partir de la publicación del presente Decreto Supremo, aprobará mediante Resolución Ministerial los costos para los trámites de obtención de personalidades jurídicas y otros importes vinculados al mismo.