Artículo 11.- (Tipos de garantías y requisitos).
Facilidades de Pago - AYNI (SIN 2013 10.0006.13)
8 de Marzo, 2013
Abrogada
Establece los requisitos, medios, plazos y formas para la solicitud,
otorgación y seguimiento de Facilidades de Pago, por concepto de deudas tributarias
autodeterminadas por el sujeto pasivo o tercero responsable de la obligación tributaria, contenidas en
Declaraciones Juradas vencidas y no vencidas; y las determinadas por la Administración Tributaria a
través de la emisión de documentos de deuda tributaria.
Artículo 11.- (Tipos de garantías y requisitos).
Los contribuyentes, sujetos pasivos o terceros
responsables que soliciten Facilidades de Pago, podrán ofrecer sólo una de las garantías detalladas a
continuación por cada solicitud de Facilidades de Pago:
| I. | BOLETA DE GARANTÍA BANCARIA A PRIMER REQUERIMIENTO.
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| II. | GARANTÍA HIPOTECARIA.
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| III. | GARANTÍA EN EFECTIVO Y/O VALORES FISCALES
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| IV. | GARANTÍA PERSONAL
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