ARTÍCULO 11. (DERECHOS SOCIALES, ECONÓMICOS Y CULTURALES).
Ley de la Juventud (342)
5 de Febrero, 2013
Vigente
Garantiza a las jóvenes y a los jóvenes el ejercicio pleno de sus derechos y deberes, el diseño del marco institucional, las instancias de representación y deliberación de la juventud, y el establecimiento de políticas públicas.
ARTÍCULO 11. (DERECHOS SOCIALES, ECONÓMICOS Y CULTURALES).
Las jóvenes y los jóvenes tienen los siguientes derechos sociales, económicos y culturales:
| 1. | A la protección social, orientada a la salud, educación, vivienda, servicios básicos y seguridad ciudadana. |
| 2. | A un trabajo digno con remuneración o salario justo y seguridad social. |
| 3. | A gozar de estabilidad laboral y horarios adecuados que garanticen su formación académica. |
| 4. | Al apoyo y fortalecimiento a sus aptitudes, capacidades y conocimientos empíricos. |
| 5. | Al reconocimiento de pasantías, voluntariado social juvenil comunitario, internado, aprendizaje y otros similares como experiencia laboral, en las formas de organización económica comunitaria, estatal, privada y social cooperativa. |
| 6. | A no sufrir discriminación laboral por su edad, situación de discapacidad, orientación sexual e identidad de género. |
| 7. | A la protección de la maternidad de las jóvenes y la paternidad de los jóvenes. |
| 8. | A la salud integral, universal, accesible, oportuna, diferenciada, con calidad y calidez, intracultural e intercultural. |
| 9. | A solicitar y recibir información y formación, en todos los ámbitos de la salud, derechos sexuales y derechos reproductivos. |
| 10. | A una rehabilitación progresiva de las jóvenes y los jóvenes afectados por el consumo de bebidas alcohólicas, drogas y/o sustancias que generan adicción y/o dependencia física y psicológica. |
| 11. | A una educación y formación integral, gratuita, humana, plurilingüe, descolonizadora, productiva, intracultural, intercultural y alternativa. |
| 12. | Al reconocimiento de sus creaciones e invenciones técnicas, tecnológicas, científicas y artísticas. |
| 13. | Al acceso a becas en todos los niveles de su educación y formación. |
| 14. | Al acceso a una vivienda en condiciones de dignidad. |
| 15. | A la recreación y esparcimiento saludable. |
| 16. | Al acceso a la práctica del deporte en sus diversas disciplinas, en igualdad de condiciones y con equidad de género. |
| 17. | A los intercambios de saberes y conocimientos en el interior y exterior del Estado Plurinacional de Bolivia. |
| 18. | A la promoción y apoyo de la iniciativa económica plural productiva. |
| 19. | Al crédito accesible. |
| 20. | Al acceso a una justicia restaurativa. |
| 21. | Al medio ambiente natural y saludable, que permita su desarrollo individual y colectivo en armonía con la madre tierra y el medio ambiente. |
| 22. | Al acceso y uso de tecnologías de información, comunicación e internet. |