Artículo 8.- (PROCEDIMIENTO DE CORTE DE SERVICIO POR INCUMPLIMIENTO DE PAGO).

Reglamento de Facturación, Cobranza y Corte (RFCC)

21 de Diciembre, 2012

Vigente

Establece las condiciones de aplicación del régimen de facturación, cobranza y corte


Artículo 8.- (PROCEDIMIENTO DE CORTE DE SERVICIO POR INCUMPLIMIENTO DE PAGO).
I. Si el usuario, pasados los treinta (30) días de la fecha límite de pago, no paga su factura, esta se constituirá en mora y el proveedor de servicios podrá proceder al corte parcial o total del servicio previa comunicación al usuario mínimamente con cuarenta y ocho (48) horas de anticipación.

II. En el caso de los servicios de voz, pasados los quince (15) de la fecha límite de pago, los proveedores en primera instancia, podrán realizar la restricción de llamadas salientes a los usuarios que incumplieron el pago, previa comunicación con una anticipación de al menos cuarenta y ocho (48) horas y posteriormente, pasados los siguientes quince (15) días, podrán realizar el corte total del servicio.