ARTÍCULO 4. (CONVENIOS Y SELECCIÓN).
Decreto Supremo 1321
13 de Agosto, 2012
Vigente
Promueve la realización de pasantías, proyectos de grado, trabajos dirigidos y tesis de los estudiantes de las universidades públicas autónomas y universidades indígenas, en las entidades públicas.
ARTÍCULO 4. (CONVENIOS Y SELECCIÓN).
| I. | Para la implementación del presente Decreto Supremo, las entidades públicas suscribirán convenios interinstitucionales con las universidades públicas autónomas, con las universidades indígenas, o con los estudiantes, según corresponda. |
| II. | Los convenios interinstítucionales deberán establecer que los gastos emergentes de las tareas encomendadas a los pasantes y postulantes a graduación, siempre que estén relacionados con las actividades para las que fueron admitidos y vayan en beneficio de la entidad pública, deberán ser financiados por las mismas, con cargo a sus presupuestos institucionales, sin que implique costo adicional para el Tesoro General de la Nación – TGN. |
| III. | Los convenios para la realización de pasantías, trabajos dirigidos, tesis y otros, no implican relación laboral, obligaciones contractuales ni beneficios sociales. |
| IV. | La selección de pasantes y postulantes a graduación, será realizada por cada entidad pública, de acuerdo a su normativa interna. |