Artículo 30º.- (Infracción a la normativa legal).-

Reglamento para el Procesamiento de Infracciones y Sanciones Administrativas (AFCSJ RRAJ 2011 01.00005.11)

10 de Junio, 2011

Vigente

Norma los aspectos relativos al procesamiento de denuncias e infracciones y la aplicación de sanciones administrativas por parte de la Autoridad de Fiscalización y Control Social del Juego – AJ


Artículo 30º.- (Infracción a la normativa legal).-
La persona individual y colectiva que desarrolle juegos de lotería, de azar, sorteos, promociones empresariales y sorteos con fines benéficos que incurra en cualquier otra infracción a la Ley Nº 060, Decreto Supremo Nº 0781 y Resoluciones Regulatorias emitidas por la AJ, será sancionada con multa de 2.000 UFV’s (Dos Mil 00/100 Unidades de Fomento a la Vivienda).