ARTÍCULO 5.- PAPELETAS VALORADAS
Reglamento de Rectificación, Complementación, Ratificación y Cancelación de Partidas de Registro Civil por la vía administrativa (RRCRCPRCVA)
12 de Mayo, 2012
Vigente
Reglamento de Rectificación, Complementación, Ratificación y Cancelación de Partidas de Registro Civil - Aprobado por RA 284/2005 de 20/12/2005.
ARTÍCULO 5.- PAPELETAS VALORADAS
| I. | En el trámite administrativo de rectificación, complementación y ratificación de
datos en partidas de nacimiento, matrimonio y defunción, cuando debe
presentarse prueba, se debe acompañar también una Papeleta Valorada de
Trámite Administrativo de Bs. 18 (Diez y Ocho 00/100 bolivianos). |
| II. | En los trámites administrativos de rectificación, complementación y ratificación de
datos en partidas de nacimiento, matrimonio y defunción así como en el de cancelación de partidas de nacimiento, que por aplicación del presente
Reglamento no necesiten de prueba para su consideración, no se requiere se
presente ninguna papeleta valorada. |
| III. | Las rectificación, complementación y ratificación de datos en partidas de
nacimiento, matrimonio y defunción por errores u omisiones cometidas por
funcionarios de las Direcciones de Registro Civil y Oficiales de Registro Civil, a
partir de las partidas registradas desde la vigencia del Decreto Supremo No.
26718 de 26 de julio de 2002, serán tramitadas sin costo alguno para la persona
interesada, debiendo el servidor público que cometió el error, asumir dicho costo. |
Se presume que el servidor público cometió el error u omisión, si no se encontraran los documentos que sirvieron de prueba para efectuar el registro de la partida, en el archivo de la Dirección Departamental o en el de la Oficialía de Registro Civil.
Si el funcionario que cometió el error ya no se encuentra prestando servicios, la solicitud será atendida sin requerirse la presentación de la papeleta valorada trámite administrativo. En este caso el Servicio deberá seguir acciones de responsabilidad contra el funcionario que cometió el error.