Artículo 1.- Objetivo.-
Reglamento RS
25 de Abril, 1998
Vigente
Reglamento de Software - Aprobado por DS 24582 de 25/04/1997
Artículo 1.- Objetivo.-
De
conformidad al inciso "l", artículo 6 de la Ley de Derecho
de Autor, de 13 de abril de 1992, el presente reglamento regula los derechos de los autores y
titulares de derechos de autor, y define el régimen de protección del soporte lógico y las
relaciones de explotación del mismo. El derecho de autor nace con la creación de la obra, de
acuerdo a lo previsto en el Art. 2 de la Ley 1322.
De acuerdo al inciso "b", artículo 7, de la mencionada Ley, este reglamento protege también los bancos de datos, considerándolos análogos a las obras derivadas.
Los programas de ordenador y las bases de datos serán protegidos como obras literarias. Constituyéndose en obras intelectuales y formas de expresión creativa del intelecto humano sujetos de protección conforme lo establece en la Decisión 351 del Acuerdo de Cartagena, los ADPIC de la Organización Mundial del Comercio y el Convenio de Berna.
De acuerdo al inciso "b", artículo 7, de la mencionada Ley, este reglamento protege también los bancos de datos, considerándolos análogos a las obras derivadas.
Los programas de ordenador y las bases de datos serán protegidos como obras literarias. Constituyéndose en obras intelectuales y formas de expresión creativa del intelecto humano sujetos de protección conforme lo establece en la Decisión 351 del Acuerdo de Cartagena, los ADPIC de la Organización Mundial del Comercio y el Convenio de Berna.