ARTICULO UNICO.-

Decreto Supremo 20943

26 de Julio, 1985

Vigente

Amplía el alcance del DS 9357 de 28/08/1970, a favor del personal de enfermeras, biotecnólogos y nutricionistas, en cuanto a la jornada ordinaria de trabajo


ARTICULO UNICO.-
Ampliase el alcance del Decreto Supremo No. 9357 de 28 de agosto de 1970, a favor del personal de enfermeras, biotecnólogos y nutricionistas, en cuanto tiene relación a la jornada ordinaria de trabajo de 6 horas, debiendo sujetarse en tal sentido a las regulaciones internas de las respectivas unidades sanitarias dependientes del Ministerio de Previsión Social y Salud Pública, y al principio de libre contratación en las entidades Privadas de salud.

Los casos no contemplados en el presente Decreto Supremo serán resueltos por el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral, en coordinación con el Ministerio de Previsión Social y Salud Pública.