Artículo 11. (Prohibiciones).

Reglamento de Servicios de Pago (RSP)

27 de Septiembre, 2011

Vigente

Define los servicios de pago permitidos en el sistema de pagos nacional y norma el funcionamiento, operaciones a realizar, deberes y obligaciones de las Empresas Proveedoras de Servicios de Pago (ESP), así como las actividades de las autoridades de vigilancia y supervisión.


Artículo 11. (Prohibiciones).
Las ESP no podrán realizar otras operaciones distintas de las que consten en su licencia de funcionamiento en el marco de lo establecido en el presente Reglamento.

En caso de requerir la incorporación de algún servicio de pago o instrumento a su operativa deberá solicitar autorización de la ASFI con la no objeción del BCB.