ARTÍCULO 1.- (OBJETO).
Decreto Supremo 29824
28 de Noviembre, 2008
Vigente
Habilita de manera transitoria la competencia del Presidente de la República establecida en el Artículo 5 y Disposición Final Quinta de la Ley 3545 (Modificación de la Ley 1715 de reforma agraria - INRA), para el otorgamiento de personalidades jurídicas, en casos de negativa tácita de autoridades prefecturales y municipales, en los departamentos de Santa Cruz, Beni, Pando y Tarija; modifica el Artículo 436 del DS 29215 de 02/08/2007 (Reglamento de la Ley 1715 de reforma agraria); y establece criterios respecto a la documentación respaldatoria, ambos de aplicación nacional.
ARTÍCULO 1.- (OBJETO).
El presente Decreto Supremo tiene por objeto:
| - | Habilitar de manera transitoria la competencia del Presidente de la República establecida en el Artículo 5 y Disposición Final Quinta de la Ley Nº 3545, para el otorgamiento de personalidades jurídicas, en casos de negativa tácita de autoridades prefecturales y municipales, en los departamentos de Santa Cruz, Beni, Pando y Tarija. |
| - | Modificar el Artículo 436 del Decreto Supremo Nº 29215 y establecer criterios respecto a la documentación respaldatoria, ambos de aplicación nacional. |