BARRA DE HERRAMIENTAS
Reglamento Nacional de Instalaciones Sanitarias Domiciliarias (RNISD)
20 de Septiembre, 1994
Vigente
Fija las exigencias técnicas mínimas, en cuanto a seguridad, economía y confort que deben observar las instalaciones sanitarias domiciliarias en interiores en lo referente a agua fría, agua caliente, desagüe y ventilación de aguas residuales, drenaje de aguas de lluvia y alcantarillado pluvial y sanitario.
BARRA DE HERRAMIENTAS
12.1 | Necesidad de efectuar las pruebas Para verificar si las instalaciones domiciliarias de alcantarillado, han sido construidas de acuerdo a planos aprobados y a los requisitos del presente Reglamento, se someterán a las pruebas e inspecciones detalladas en el presente Capítulo. Se comprobarán las tuberías u obras accesorias en sus alineaciones, hermeticidad y buena ejecución, de acuerdo al Capítulo XI y antes de precederse a ejecutar el relleno y compactación. Las pruebas podrán hacerse por tramos, o en la totalidad de la instalación. | ||||||
12.2 | Inspección de obra La inspección se efectuará para comprobar:
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12.3 | Verificación de la Colocación de Tuberías Antes de efectuar las pruebas de las instalaciones, se verificará que la colocación, pendiente y alineación de los tubos, así como el fondo de las cámaras, se hallan de acuerdo con los planos aprobados y especificaciones respectivas. | ||||||
12.4 | Prueba de Buena Ejecución de Juntas Antes que sean cubiertas las tuberías, se someterán los diferentes tramos horizontales de alcantarillado, a una prueba de bola o de espejo, para comprobar que ellas no tengan rebordes en las juntas, ni salientes interiores que impidan un fácil escurrimiento. |