Artículo 1.

Ley 150

11 de Julio, 2011

Vigente

Declara al primer domingo del mes de septiembre de cada año, como el "Día Nacional del Peatón y del Ciclista en Defensa de la Madre Tierra"


Artículo 1.
Se declara al primer domingo del mes de septiembre de cada año, como el "DÍA NACIONAL DEL PEATÓN Y DEL CICLISTA EN DEFENSA DE LA MADRE TIERRA", con el fin de lograr conciencia sobre la protección del Medio Ambiente y por consiguiente la protección de la salud humana en todo el territorio Nacional.