ARTICULO 138º.- CLASIFICACION.-

Reglamento del Código Nacional de Tránsito (RCNT)

8 de Junio, 1978

Vigente

Reglamento del Código Nacional de Tránsito - Aprobado por RS 187444 de 08/06/1978


ARTICULO 138º.- CLASIFICACION.-
Las señales clasifican en:

a) verticales,

b) horizontales,

c) luminosas o sonoras y

d) la de los Policías.