ARTICULO 34º.- PESO MAXIMO.-

Reglamento del Código Nacional de Tránsito (RCNT)

8 de Junio, 1978

Vigente

Reglamento del Código Nacional de Tránsito - Aprobado por RS 187444 de 08/06/1978


ARTICULO 34º.- PESO MAXIMO.-
El peso máximo de los vehículos que circulen por las vías públicas estará sujeto a las normas que se establezcan por el Ministerio de Transportes, Comunicaciones y Aeronáutica Civil, Alcaldía Municipal y Policía de Tránsito.