ARTICULO 180.- SANCIONES.-
Código Nacional de Tránsito (CNT)
16 de Febrero, 1973
Vigente
Código Nacional de Tránsito - Aprobado por DL 10735 de 16/02/1973
ARTICULO 180.- SANCIONES.-
Conoce e impone las sanciones correspondientes cuando se trata de
infracciones contempladas en este Código o su Reglamento.