ARTICULO 180.- SANCIONES.-

Código Nacional de Tránsito (CNT)

16 de Febrero, 1973

Vigente

Código Nacional de Tránsito - Aprobado por DL 10735 de 16/02/1973


ARTICULO 180.- SANCIONES.-
Conoce e impone las sanciones correspondientes cuando se trata de infracciones contempladas en este Código o su Reglamento.