ARTICULO 131.- PAPELETA DE SERVICIOS.-
Código Nacional de Tránsito (CNT)
16 de Febrero, 1973
Vigente
Código Nacional de Tránsito - Aprobado por DL 10735 de 16/02/1973
ARTICULO 131.- PAPELETA DE SERVICIOS.-
La Papeleta de Servicios, establecida para las empresas de
transportes, estaciones de servicio, talleres de reparación o montaje de vehículos y garajes, acredita las
condiciones de buen funcionamiento de estos establecimientos.