ARTICULO 131.- PAPELETA DE SERVICIOS.-

Código Nacional de Tránsito (CNT)

16 de Febrero, 1973

Vigente

Código Nacional de Tránsito - Aprobado por DL 10735 de 16/02/1973


ARTICULO 131.- PAPELETA DE SERVICIOS.-
La Papeleta de Servicios, establecida para las empresas de transportes, estaciones de servicio, talleres de reparación o montaje de vehículos y garajes, acredita las condiciones de buen funcionamiento de estos establecimientos.