ARTICULO 108.- CLASIFICACION.-

Código Nacional de Tránsito (CNT)

16 de Febrero, 1973

Vigente

Código Nacional de Tránsito - Aprobado por DL 10735 de 16/02/1973


ARTICULO 108.- CLASIFICACION.-
La clasificación y categorización de los vehículos de servicio público se determinará por el Reglamento de este Código.