ARTICULO 108.- CLASIFICACION.-
Código Nacional de Tránsito (CNT)
16 de Febrero, 1973
Vigente
Código Nacional de Tránsito - Aprobado por DL 10735 de 16/02/1973
ARTICULO 108.- CLASIFICACION.-
La clasificación y categorización de los vehículos de servicio público se
determinará por el Reglamento de este Código.