ARTICULO 109.- LICENCIA.-

Código Nacional de Tránsito (CNT)

16 de Febrero, 1973

Vigente

Código Nacional de Tránsito - Aprobado por DL 10735 de 16/02/1973


ARTICULO 109.- LICENCIA.-
La Licencia es un documento personal e intransferible que acredita que su titular está facultado para conducir vehículos.