ARTICULO 109.- LICENCIA.-
Código Nacional de Tránsito (CNT)
16 de Febrero, 1973
Vigente
Código Nacional de Tránsito - Aprobado por DL 10735 de 16/02/1973
ARTICULO 109.- LICENCIA.-
La Licencia es un documento personal e intransferible que acredita que su titular
está facultado para conducir vehículos.