ARTICULO 4.- (VIGENCIA DE NORMAS).-

Reglamento de Diseño, Construccion, Operacion de Redes de Gas Natural e Instalaciones Internas (28291)

11 de Julio, 2005

Abrogada

Regula el diseño, construccion y operación de redes de distribución de gas natural e instalaciones internas, así como los requisitos que deben cumplir las empresas dedicadas al diseño y construcción de redes e instalaciones internas


ARTICULO 4.- (VIGENCIA DE NORMAS).-
Se abrogan y derogan todas las disposiciones contrarias al presente Decreto Supremo.

El señor Ministro de Estado en el Despacho de Hidrocarburos queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los once días del mes de agosto del año dos mil cinco.

FDO. EDUARDO RODRIGUEZ VELTZE, Armando Loayza Mariaca, Iván Aviles Mantilla, Gustavo Avila Bustamante, Gonzalo Méndez Gutiérrez, Waldo Gutiérrez Iriarte, Martha Bozo Espinoza, Carlos Melchor Díaz Villavicencio, Mario Moreno Viruéz, Jaime Eduardo Dunn Castellanos, Maria Cristina Mejía Barragán, Álvaro Muñoz Reyes Navarro, Carlos Antonio Laguna Navarro, Guillermo Rivera Cuellar, Dionisio Garzón Martínez, Naya Ponce Fortún, Pedro Ticona Cruz.