ARTÍCULO 3.- (MARCHA NAVAL).
Decreto Supremo 0859
29 de Abril, 2011
Vigente
Institucionaliza mecanismos e instrumentos para promover y fortalecer la educación cívico patriótica, y realzar el fervor patrio de todas las bolivianas y los bolivianos sobre el derecho a la reivindicación marítima.
ARTÍCULO 3.- (MARCHA NAVAL).
En todo acto cívico realizado en el Estado Plurinacional de Bolivia, debe entonarse la Marcha Naval, adicionalmente a los Himnos que correspondan.