Artículo 12. (FALTAS GRAVES CON RETIRO TEMPORAL DE TRES MESES A UN AÑO).
Ley del Régimen Disciplinario de la Policía Boliviana (101)
4 de Abril, 2011
Vigente
Artículo 12. (FALTAS GRAVES CON RETIRO TEMPORAL DE TRES MESES A UN AÑO).
Las Faltas Graves a ser sancionadas con retiro temporal de la institución con pérdida de antigüedad y sin .goce de haberes de tres meses a un año, sin perjuicio de la acción penal cuando corresponda, son:
1. |
La reincidencia de una de las faltas previstas en el Artículo anterior. |
2. |
Declarar o mantener en comisión de servicio o destinar al personal policial omitiendo el cumplimiento de las normas vigentes. |
3. |
Formular peticiones colectivas verbales o escritas, que estén al margen de la ley y que sean contrarias al régimen interno, que alteren la disciplina establecida por normas reglamentarías o que omitan el conducto regular. |
4. |
Recurrir a influencias o recomendaciones para obtener destinos u otras prebendas en beneficio personal o de terceros, sin perjuicio de la acción penal que corresponda. |
5. |
Encubrir faltas graves, no sancionarlas o no denunciarlas. |
6. |
Utilizar marbetes de identificación que correspondan a otra u otro policía, fuera de los recintos policiales. |
7. |
Ostentar condecoraciones sin respaldo legal. |
8. |
Atribuirse grados jerárquicos, cargo o prerrogativa que no le correspondan. |
9. |
Uso arbitrario o indebido de los vehículos oficiales de la institución para fines particulares. |
10. |
Incumplimiento injustificado de los plazos establecidos en el Proceso Administrativo Disciplinario Policial. |
11. |
Intimidar, agredir física o verbalmente a las o los miembros de los Tribunales Disciplinarios, de la Fiscalía Policial y de la Dirección General de Investigación Policial Interna. |
12. |
Ordenar o inducir la ejecución de actos que constituyan faltas, para beneficio personal o de terceros. |
13. |
Inobservancia del deber de cuidado o pérdida de armamento perteneciente a la institución, bajo su responsabilidad, sin perjuicio de la restitución, cuando corresponda. |
14. |
Omitir el parte de novedades administrativas con relación al manejo logístico de la unidad o a las novedades del Servicio Policial. |
15. |
Tomar el nombre de un superior o autoridad para transmitir órdenes falsas o alterar sustancialmente las que se hubiesen recibido. |
16. |
Ocultar maliciosamente implementos o artículos pertenecientes al Estado, a la institución, a otra u otro policía o colega de trabajo. |
17. |
Incumplimiento de la sanción de arresto ó su equivalente en trabajo en fines de semana y feriados, impuesta por una o un superior jerárquico. |
18. |
Decomisar o retener licencias o documentos de vehículos motorizados en casos no previstos por las normas vigentes. |
19. |
Consumir bebidas alcohólicas o sustancias controladas, durante el cumplimiento de funciones. |
20. |
Circular en vía pública vistiendo uniforme en estado de ebriedad. |
21. |
Agredir física o verbalmente a miembros de la institución que cumplen servicio. |
22. |
Cometer acoso sexual en contra de sus camaradas de trabajo u otras personas que se encuentren bajo custodia, cuidado u otras situaciones relacionadas con el ejercicio de sus funciones. |
23. |
Cometer acoso laboral en contra de sus camaradas de trabajo, independientemente del nivel jerárquico. |
24. |
Hacer pública ostentación de su militancia política haciendo proselitismo en las unidades estando en servicio activo; agravándose este hecho cuando se está de uniforme o se cumple funciones de mando. |
25. |
Faltar a la verdad u omitir hechos, al elevar informes o partes del servicio o actividad policial. |
26. |
Realizar denuncias de faltas disciplinarias que sean falsas o calumniosas. |
27. |
Tenencia injustificada de equipo o armamento policial perteneciente a la institución. |
28. |
Otorgar autorizaciones de circulación de vehículos en contraposición a lo establecido en las normas legales. |
29. |
Disparar armas de fuego sin observar las normas legales vigentes. |
30. |
Continuar deliberadamente al mando de una unidad u otro cargo, habiendo sido cambiado de destino o suspendido por orden expresa de la superioridad. |
31. |
Actuar con injusticia o favoritismo en la recepción de exámenes de ascenso, concurso de méritos y en la calificación del desempeño profesional. |
32. |
No cumplir con las normas y reglamentos institucionales para convocar y designar a becas, cursos, seminarios o representaciones de carácter institucional, nacional o internacional. |
33. |
Desobedecer e incumplir resoluciones y autos ejecutoriados, emanados de los Tribunales Disciplinarios. |
34. |
Desobedecer e incumplir resoluciones administrativas emitidas por el Comando General. |
35. |
No interponer los recursos que franquea el Procedimiento Administrativo Policial, estando obligado para hacerlo. |
36. |
No acudir con prontitud al lugar de sus funciones en caso de inminente peligro para la sociedad o la institución, aún encontrándose de vacaciones, licencia o descanso, salvo razón justificada. |
37. |
Extraviar o disponer arbitrariamente cuadernos de investigación o expedientes disciplinarios. |
38. |
Las agresiones verbales y/o sicológicas, por motivos racistas, sexistas o discriminatorios en el marco de la Ley Nº 045. |