ARTÍCULO 43.- (USO DE DECIMALES).
Reglamento RDPLPPVSVRPM
16 de Marzo, 2011
Vigente
Reglamento de Prestaciones de Vejez, Prestaciones Solidarias de Vejez, Prestaciones por Riesgos, Pensiones por Muerte derivadas de éstas y otros beneficios - Aprobado por DS 0822 de 16/03/2011
ARTÍCULO 43.- (USO DE DECIMALES).
| I. | Para cualquier cálculo en el SIP, la Gestora y Entidad Aseguradora deberán considerar
todos los decimales obtenidos, debiendo procederse a realizar el redondeo matemático
a dos decimales en el resultado final. |
| II. | Para efectos del cálculo de actualización y pago de la CCM y Compensación de Cotizaciones Global – CCG, el SENASIR y la Gestora deberán considerar todos los decimales que correspondan, debiendo proceder a realizar el redondeo matemático a dos decimales únicamente en el resultado final. |