ARTÍCULO 41.- (INFORMES).

Reglamento de la Ley Nº 1715 del Servicio Nacional de Reforma Agraria (29215)

2 de Agosto, 2007

Vigente

Reglamenta la Ley 1715 de 18/10/1996 (Ley del Servicio Nacional de Reforma Agraria - INRA)


ARTÍCULO 41.- (INFORMES).
Anualmente la Comisión Agraria Departamental elaborará informes de gestión que certifiquen el grado de avance de sus actividades y la regularidad de su trabajo, mismos que serán de conocimiento público.