ARTICULO 3. (MODIFICACIONES).

Decreto Supremo 28038

7 de Marzo, 2005

Abrogada

Aprueba el Reglamento de Facturación, Cobranza y Corte del Sector de Telecomunicaciones; modifica el Reglamento de Sanciones y Procedimientos Especiales por Infracciones al Marco Jurídico Regulatorio del Sector de Telecomunicaciones


ARTICULO 3. (MODIFICACIONES).
I. Se incluye en el Parágrafo II del Artículo 12 del Reglamento de Sanciones y Procedimientos Especiales por Infracciones al Marco Jurídico Regulatorio del Sector de Telecomunicaciones, el siguiente inciso:

"m) Incumplimiento de la obligación de incluir en la Oferta Básica de Interconexión, las modalidades de los servicios de apoyo para facturación, cobranza y corte conforme a los requisitos, procedimientos y plazos establecidos reglamentariamente.

II. Se modifican los incisos l) y m) del Parágrafo II del Artículo 15 del Reglamento de Sanciones y Procedimientos Especiales por Infracciones al Marco Jurídico Regulatorio del Sector de Telecomunicaciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 25950 de 20 de octubre de 2000, de la siguiente manera:

"l) Incumplimiento de los requisitos y procedimientos de reclamaciones sobre facturación y cobranza.

m) Incumplimiento de los requisitos de funcionamiento y confidencialidad de la Central de Información de Morosidad.

III. Se incluye en el Parágrafo I del Artículo 15 del Reglamento de Sanciones y Procedimientos Especiales por Infracciones al Marco Jurídico Regulatorio del Sector de Telecomunicaciones, el siguiente inciso:

"g) Incumplimiento de la obligación de emisión de detalle de consumo para servicios de telecomunicaciones provistos bajo la modalidad de venta anticipada o venta al contado.”

IV. Se incluye en el Parágrafo II del Artículo 15 del Reglamento de Sanciones y Procedimientos Especiales por Infracciones al Marco Jurídico Regulatorio del Sector de Telecomunicaciones, los siguientes incisos:

"n) Incumplimiento de la obligación de emisión de detalle de llamadas, de acuerdo a las condiciones establecidas reglamentariamente.

o) No poner a disposición de los abonados y usuarios, la información referida a la facturación, cobranza y corte de los servicios que provea a través de las modalidades establecidas reglamentariamente.

p) No emitir comunicados mensuales sobre información relativa a facturación, cobranza y corte.

q) No proceder con el corte del servicio básico en los plazos y términos establecidos reglamentariamente.

r) No informar oportunamente al abonado sobre las omisiones de cobranza para los servicios de telecomunicaciones provistos bajo la modalidad de venta anticipada o venta al contado.

s) Incumplimiento de las condiciones establecidas en los contratos de suministro.

V. Se incluye en el Parágrafo II del Artículo 18 del Reglamento de Sanciones y Procedimientos Especiales por Infracciones al Marco Jurídico Regulatorio del Sector de Telecomunicaciones, el siguiente inciso:

"k) Incumplimiento de las condiciones de incorporación de la facturación de Servicios No Básicos en la facturación de Servicios Básicos.

VI. Se incluye en el Parágrafo II del Artículo 21 del Reglamento de Sanciones y Procedimientos Especiales por Infracciones al Marco Jurídico Regulatorio del Sector de Telecomunicaciones, el siguiente inciso:

"g) Incumplimiento de las condiciones establecidas para los contratos de suministro y para la restricción de acceso a otros servicios.