ARTICULO 20.- (PROGRAMAS ESPECIALES).-

Reglamento del Programa Nacional de Desarrollo de Telecomunicaciones Rurales (RPRONTER)

18 de Mayo, 2001

Abrogada

Reglamento del Programa Nacional de Desarrollo de Telecomunicaciones (PRONTER) - Aprobado por DS 26188 de 18/05/2001


ARTICULO 20.- (PROGRAMAS ESPECIALES).-
El PRONTER incluye como parte importante de su desarrollo programas especiales dirigidos a los contenidos y aplicaciones para las áreas de educación, salud, seguridad ciudadana, comercio y asistencia técnica.

El CIMDTR, las instituciones públicas y privadas relacionadas directamente con la producción de contenidos y aplicaciones de INTERNET podrán proponer, analizar, formular y elaborar en todas sus fases los proyectos para los Programas Especiales.