ARTICULO 22.- (COMPOSICION Y FUNCIONES).
Decreto Supremo 25158
4 de Septiembre, 1998
Vigente
Establece las normas de organización y funcionamiento del Servicio Nacional de Áreas Protegidas - SERNAP.
ARTICULO 22.- (COMPOSICION Y FUNCIONES).
Las
Direcciones Distritales
están conformadas por un Director Distrital y las siguientes unidades: Administrativa,
Jurídica, de Coordinación Técnica y de Protección.
Las Direcciones Distritales administran el Servicio en su Distrito y tiene a su cargo la coordinación y el control de las áreas protegidas establecidas en el mismo, de conformidad a las políticas y normas que establezca el Servicio Nacional.
La administración y gestión directa de las áreas protegidas, estará sujeta a un Reglamento de Operaciones específico, el cual establecerá la organización, modalidades operativas y responsabilidades de los Administradores de Areas Protegidas, así como la operatividad de planes, programas y proyectos de protección, conservación y monitoreo de áreas protegidas y de la biodiversidad, de conformidad a lo dispuesto por la Ley del Medio Ambiente en lo referente a las áreas protegidas.
Las Direcciones Distritales administran el Servicio en su Distrito y tiene a su cargo la coordinación y el control de las áreas protegidas establecidas en el mismo, de conformidad a las políticas y normas que establezca el Servicio Nacional.
La administración y gestión directa de las áreas protegidas, estará sujeta a un Reglamento de Operaciones específico, el cual establecerá la organización, modalidades operativas y responsabilidades de los Administradores de Areas Protegidas, así como la operatividad de planes, programas y proyectos de protección, conservación y monitoreo de áreas protegidas y de la biodiversidad, de conformidad a lo dispuesto por la Ley del Medio Ambiente en lo referente a las áreas protegidas.