ARTICULO 28: (DE LA CORRECCION DE ERRORES ADMINISTRATIVOS).

Decreto Supremo 28592

17 de Enero, 2006

Vigente

Complementa y modifica los Reglamentos Ambientales aprobados por DS 24176 de 08/12/1995.


ARTICULO 28: (DE LA CORRECCION DE ERRORES ADMINISTRATIVOS).
La AAC, corregirá en cualquier momento de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos que existan en sus actos, sin alterar sustancialmente las actuaciones administrativas emitidas.