ARTICULO 2.-
Decreto Supremo 23525
17 de Junio, 1993
Vigente
Regula el pago de aportes devengados en favor de las instituciones de seguridad social
ARTICULO 2.-
Las cotizaciones laborales y patronales que se devengue, a
partir del 1 de mayo de 1993, se sujetaran a las previsiones contenidas en los incisos b) y c) del artículo primero del presente decreto supremo.