ARTICULO 2.-

Decreto Supremo 23525

17 de Junio, 1993

Vigente

Regula el pago de aportes devengados en favor de las instituciones de seguridad social


ARTICULO 2.-
Las cotizaciones laborales y patronales que se devengue, a partir del 1 de mayo de 1993, se sujetaran a las previsiones contenidas en los incisos b) y c) del artículo primero del presente decreto supremo.