ARTÍCULO 65. (Fuentes).-

Reglamento Ambiental del Sector Industrial Manufacturero (RASIM)

30 de Julio, 2002

Vigente

Reglamento Ambiental del Sector Industrial Manufacturero - Aprobado por DS 26736 de 30/07/2002


ARTÍCULO 65. (Fuentes).-
Con el objeto de regular las actividades de las industrias que puedan contaminar el aire y la atmósfera, se consideran de prioritaria atención y control las siguientes fuentes contaminantes:

a) Procesos de combustión;

b) Procesos que emitan gases, material particulado y vapores;

c) Las que usen, generen o emitan sustancias volátiles;

d) Las que emitan ruidos y vibraciones;

e) Las que emitan radiaciones ionizantes y/o térmicas;

f) Las que emitan olores contaminantes;

g) Las que emitan sustancias agotadoras del ozono.