ARTÍCULO 54. (Vigencia).-
Reglamento Ambiental del Sector Industrial Manufacturero (RASIM)
30 de Julio, 2002
Vigente
Reglamento Ambiental del Sector Industrial Manufacturero - Aprobado por DS 26736 de 30/07/2002
ARTÍCULO 54. (Vigencia).-
El Plan de Manejo Ambiental (PMA) tiene una vigencia de cinco
(5) años, al cabo de los cuales deberá actualizarse. La DIA, DAA y Certificado de Aprobación
estarán vigentes en tanto este vigente el PMA aprobado.