ARTÍCULO 54. (Vigencia).-

Reglamento Ambiental del Sector Industrial Manufacturero (RASIM)

30 de Julio, 2002

Vigente

Reglamento Ambiental del Sector Industrial Manufacturero - Aprobado por DS 26736 de 30/07/2002


ARTÍCULO 54. (Vigencia).-
El Plan de Manejo Ambiental (PMA) tiene una vigencia de cinco (5) años, al cabo de los cuales deberá actualizarse. La DIA, DAA y Certificado de Aprobación estarán vigentes en tanto este vigente el PMA aprobado.