Artículo 1º.-

Ley 924

15 de Abril, 1987

Vigente

Unifica y establece las cotizaciones laborales, patronales y estatales para: i) el régimen de enfermedad, maternidad y riesgo profesionales a corto plazo, y ii) el régimen básico y complementario de invalidez, vejez, muerte y riesgo profesionales a largo plazo.


Artículo 1º.-
Apruébase el Presupuesto consolidado del Sector Público de la Nación, tanto de ingresos como de egresos en sus capítulos de funcionamiento e inversión, por la suma de Bs. 5.734.184.667.(CINCO MIL SETECIENTOS TREINTA Y CUATRO MILLONES CIENTO OCHENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SIETE BOLIVIANOS), para su vigencia durante el período fiscal comprendido entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 1987, de acuerdo al detalle consignado en el documento anexo que forma parte de la presente Ley.