ARTICULO 5º.-
Decreto Supremo 20059
20 de Febrero, 1984
Vigente
Modifica el artículo 3 del DL 18494 de 13/07/1981 fijando la tasa del 48% como interés de mora por retraso del pago de cotizaciones patronales de las Cajas Básicas de Seguridad Social y Fondos Complementarios, más el interés penal del 10% sobre el monto del referido interés.
ARTICULO 5º.-
Se mantiene el 3 % de recargo en las notas de cargo sobre
aportes netos por concepto de gastos judiciales señalados en el Art. 22 del Decreto Ley No. 11477 de 16 de mayo de 1974.