ARTICULO 1º.-

Decreto Supremo 20059

20 de Febrero, 1984

Vigente

Modifica el artículo 3 del DL 18494 de 13/07/1981 fijando la tasa del 48% como interés de mora por retraso del pago de cotizaciones patronales de las Cajas Básicas de Seguridad Social y Fondos Complementarios, más el interés penal del 10% sobre el monto del referido interés.


ARTICULO 1º.-
Se modifica el artículo 3o. del Decreto Ley No. 18494 de 13 de julio de 1981 fijando a partir de la fecha del presente Decreto la tasa del 48% como interés de mora por retraso del pago de cotizaciones patronales de las Cajas Básicas de Seguridad Social y Fondos Complementarios, más el interés penal del 10 % sobre el monto del referido interés. Estos recargos serán triplicados sobre los aportes laborales que no sean depositados oportunamente conforme a las previsiones de los artículos 437 y 458 del Reglamento del Código de Seguridad Social.