ARTICULO 124º.-
Ley de Seguridad Social Militar (11901)
21 de Octubre, 1974
Vigente
Aprueba la Ley de Seguridad Social Militar (Principios, Coorporación del Seguro Social Militar - COSSMIL, prestaciones, régimen económico y financiero y régimen jurídico)
ARTICULO 124º.-
La presente ley reconoce al asegurado el derecho a poseer una vivienda
compatible con su situación profesional, con las condiciones económicas del país, de la región y con los adelantos de la época.