ARTICULO 124º.-

Ley de Seguridad Social Militar (11901)

21 de Octubre, 1974

Vigente

Aprueba la Ley de Seguridad Social Militar (Principios, Coorporación del Seguro Social Militar - COSSMIL, prestaciones, régimen económico y financiero y régimen jurídico)


ARTICULO 124º.-
La presente ley reconoce al asegurado el derecho a poseer una vivienda compatible con su situación profesional, con las condiciones económicas del país, de la región y con los adelantos de la época.