ARTICULO 3º.-
Ley de Seguridad Social Militar (11901)
21 de Octubre, 1974
Vigente
Aprueba la Ley de Seguridad Social Militar (Principios, Coorporación del Seguro Social Militar - COSSMIL, prestaciones, régimen económico y financiero y régimen jurídico)
ARTICULO 3º.-
Son sujetos de la seguridad social militar, los miembros activos de las
Fuerzas Armadas, los pensionistas temporales y permanentes, las esposas o convivientes, los padres, hijos y hermanos que viven en su hogar y a sus expensas y los derecho-habientes de los asegurados fallecidos. Los estudiantes de Institutos militares y los conscriptos son protegidos por el seguro-social militar en el Régimen de Salud por cuenta del Estado. Los empleados de la entidad gestora del seguro social militar son igualmente protegidos por el sistema integral de prestaciones.