ARTICULO 1º.-

Decreto Supremo 10650 A

20 de Diciembre, 1972

Vigente

Dispone que a partir del 01/01/1973, la Caja Ferroviaria de Seguro Social otorgará las prestaciones del Seguro Social y de Asignaciones Familiares, de conformidad con las normas vigentes del Código de Seguridad Social y crea el Régimen Complementario de Invalidez, Vejez y Muerte para sus afiliados


ARTICULO 1º.-
A partir del 1° de enero de 1973, la Caja Ferroviaria de Seguro Social otorgará las prestaciones del Seguro Social y de Asignaciones Familiares, de conformidad con las normas vigentes del Código de Seguridad Social, sus disposiciones conexas y las del presente Decreto.