ARTICULO 1º.-
Decreto Supremo 10650 A
20 de Diciembre, 1972
Vigente
Dispone que a partir del 01/01/1973, la Caja Ferroviaria de Seguro Social otorgará las prestaciones del Seguro Social y de Asignaciones Familiares, de conformidad con las normas vigentes del Código de Seguridad Social y crea el Régimen Complementario de Invalidez, Vejez y Muerte para sus afiliados
ARTICULO 1º.-
A partir del 1° de enero de 1973, la Caja Ferroviaria de Seguro Social otorgará las prestaciones del Seguro Social y de Asignaciones Familiares, de conformidad con las normas vigentes del Código de Seguridad Social, sus disposiciones conexas y las del presente Decreto.