ARTICULO 13º (Designación).

Ley 2166

22 de Diciembre, 2000

Vigente

Aprueba la Ley de Servicio de Impuestos Nacionales S.I.N.


ARTICULO 13º (Designación).
El Presidente es la máxima autoridad ejecutiva del Servicio de Impuestos Nacionales, de reconocida capacidad e idoneidad profesional, es responsable de cumplir y hacer cumplir las disposiciones de la presente Ley y normas legales vigentes. Ejercerá sus funciones a tiempo completo y con dedicación exclusiva, con excepción del ejercicio de la docencia universitaria El Presidente Ejecutivo del Servicio de Impuestos Nacionales será designado por el Presidente de la República de una terna aprobada por dos tercios de votos de los miembros presentes en sesión de la H. Cámara de Diputados.

Los requisitos de designación y tiempo de permanencia en el cargo son los mismos que los establecidos para los miembros del Directorio.