Artículo 137. (REQUISITOS).

Ley del Organo Judicial (025)

24 de Junio, 2010

Vigente

Aprueba la Ley del Órgano Judicial


Artículo 137. (REQUISITOS).
I. Para acceder al cargo de magistrada y magistrado del Tribunal Agroambiental, además de los requisitos establecidos en el Artículo 18 de la presente Ley, se requiere:

1. Haber cumplido treinta (30) años de edad;

2. Haber ejercido con idoneidad, ética y honestidad la jurisdicción agraria o agroambiental, desempeñado la profesión de abogado libre o la docencia universitaria en el área agraria o ambiental, durante al menos ocho (8) años; y

3. Poseer conocimientos en el área de sus atribuciones o especialidad en materia agraria, forestal, de aguas, ambiental, de recursos naturales renovables o biodiversidad.

II. Para la calificación de méritos se tomará en cuenta el haber ejercido la calidad de autoridad indígena originaria campesina, bajo su sistema de justicia.