Artículo 34. (SISTEMA DE ELECCIÓN).
Ley del Organo Judicial (025)
24 de Junio, 2010
Vigente
Aprueba la Ley del Órgano Judicial
Artículo 34. (SISTEMA DE ELECCIÓN).
El Tribunal Supremo Electoral, luego de revisadas las nóminas de postulantes, organizará el proceso de votación según las siguientes
previsiones:
| 1. | La elección se realizará por circunscripción departamental. En cada
circunscripción, se elegirá una magistrada o magistrado titular y una magistrada o magistrado suplente; |
| 2. | La Asamblea Legislativa Plurinacional, preseleccionará hasta seis (6) postulantes para cada departamento, en dos listas separadas de mujeres y hombres. La Asamblea Legislativa Plurinacional garantizará que el cincuenta por ciento (50%) de las personas preseleccionadas sean mujeres; |
| 3. | Los electores emitirán dos (2) votos, uno en la lista de candidatas mujeres y otro en la lista de candidatos hombres; y |
| 4. | Será electa como magistrada o magistrado titular, la candidata o candidato que obtenga el mayor número de votos válidos de las dos listas. Si el elegido es hombre, la mujer más votada de su lista será la magistrada suplente. Si la elegida es mujer, el hombre más votado de su lista será el magistrado suplente. |