Artículo 32. (DEL SEMANERO).

Ley del Organo Judicial (025)

24 de Junio, 2010

Vigente

Aprueba la Ley del Órgano Judicial


Artículo 32. (DEL SEMANERO).
I. Semanalmente en la Sala Plena y Salas Especializadas del Tribunal Supremo de Justicia y de los Tribunales Departamentales de Justicia, se designará por turno y previo sorteo, una o un magistrado o vocal semanero, para el despacho de las solicitudes de mero trámite.

II. La o el magistrado o vocal semanero tienen las siguientes atribuciones:

1. Dictar diariamente y durante una semana las providencias de mera sustanciación;

2. Atender al público en las audiencias que soliciten;

3. Confrontar con los respectivos originales las provisiones y libramientos que debe expedir la sala y rubricarlos;

4. Informar a los integrantes de la Sala sobre los asuntos que deba conocer;

5. Realizar seguimiento de las causas que se tramitan en la sala; y

6. Realizar las actividades y cuanta diligencia le comisione expresamente la sala.