ARTÍCULO 7.- (DIRECTORIO).

Decreto Supremo 29694

3 de Septiembre, 2008

Vigente

Crea la empresa pública nacional estratégica denomindada Depósitos Aduaneros Bolivianos, cuya sigla es DAB


ARTÍCULO 7.- (DIRECTORIO).
El Directorio de DAB estará constituido por los siguientes miembros:

- Un (1) representante del Ministerio de la Presidencia.

- Un (1) representante del Ministerio de Hacienda.

- Un (1) representante del Ministerio de Producción y Microempresa.

Los miembros del Directorio serán designados mediante Resolución Suprema de una terna propuesta por cada Ministro, tendrán duración de un (1) año. El representante del Ministerio de Hacienda presidirá el Directorio. Ningún miembro del Directorio percibirá dietas por las sesiones a las que asista, sean éstas ordinarias o extraordinarias.