ARTÍCULO 1º (ALCANCE DEL REGLAMENTO).-
Reglamento a la Ley General de Aduanas (25870)
11 de Agosto, 2000
Vigente
Aprueba el Reglamento a la Ley General de Aduanas
ARTÍCULO 1º (ALCANCE DEL REGLAMENTO).-
Salvo lo dispuesto en convenios
internacionales vigentes, la importación, exportación, tránsito aduanero y almacenamiento de
mercancías y demás operaciones aduaneras, se sujetarán a las normas de la Ley General de Aduanas, el
presente reglamento y demás regulaciones complementarias que emitan las autoridades competentes.
Están obligadas al cumplimiento de las citadas disposiciones quienes introduzcan mercancías al territorio nacional o las extraigan del mismo, ya sean consignantes, consignatarios, propietarios, destinatarios, remitentes, Despachantes de Aduana, Agencias Despachantes de Aduana, transportadores, operadores de transporte multimodal, funcionarios de aduana o cualquiera otra persona que tenga intervención en la introducción, extracción, custodia, almacenamiento y manejo de mercancías que sean objeto de tráfico internacional.
Para efectos del presente reglamento, cuando se haga referencia a la Ley se entenderá que se trata de la Ley General de Aduanas y cuando se haga indicación de un artículo, sin mencionar la norma a la cual corresponde, se entenderá referido al presente reglamento. Cuando se haga referencia a Despachante de Aduana se entenderá también a la Agencia Despachante de Aduana, en los casos que corresponda.
Están obligadas al cumplimiento de las citadas disposiciones quienes introduzcan mercancías al territorio nacional o las extraigan del mismo, ya sean consignantes, consignatarios, propietarios, destinatarios, remitentes, Despachantes de Aduana, Agencias Despachantes de Aduana, transportadores, operadores de transporte multimodal, funcionarios de aduana o cualquiera otra persona que tenga intervención en la introducción, extracción, custodia, almacenamiento y manejo de mercancías que sean objeto de tráfico internacional.
Para efectos del presente reglamento, cuando se haga referencia a la Ley se entenderá que se trata de la Ley General de Aduanas y cuando se haga indicación de un artículo, sin mencionar la norma a la cual corresponde, se entenderá referido al presente reglamento. Cuando se haga referencia a Despachante de Aduana se entenderá también a la Agencia Despachante de Aduana, en los casos que corresponda.