ARTICULO 116°.- (Obligaciones).-
Ley de Ejecucion Penal y Supervision (2298)
20 de Diciembre, 2001
Vigente
Aprueba la Ley de Ejecución Penal y Supervisión
ARTICULO 116°.- (Obligaciones).-
Los delegados procuradores tienen las siguientes obligaciones:
El Libro de Autoayuda Legal será custodiado en el Departamento de Asistencia Legal y, estará a disposición de los internos.
| 1. | Averiguar el estado del proceso del interno que lo solicite, informándole sobre el resultado de su gestión; |
| 2. | Realizar para el interno que lo solicite, trámites legales relacionados con su proceso; y, |
| 3. | Registrar diariamente en el Libro de Autoayuda Legal las solicitudes y las acciones realizadas. |