ARTICULO 157°.- (NOMBRAMIENTOS ILEGALES).

CODIGO PENAL (CP)

23 de Agosto, 1972

Vigente

CODIGO PENAL - Aprobado por DL 10426 de 23/08/1972


ARTICULO 157°.- (NOMBRAMIENTOS ILEGALES).
Será sancionado con multa de treinta a cien días, el funcionario público que propusiere en terna o nombrare para un cargo público a persona que no reuniere las condiciones legales para su desempeño.