ARTICULO UNICO.-

Decreto Supremo 0453

19 de Marzo, 2010

Abrogada

Deja sin efecto la suspensión excepcional y temporal de la exportación del subproducto: Chancaca (panela, raspadura)


ARTICULO UNICO.-
I. El presente Decreto Supremo tiene por objeto dejar sin efecto la suspensión excepcional y temporal de la exportación del siguiente subproducto:

AZÚCAR
CÓDIGO DESCRIPCIÓN DE LA MERCANCÍA
1701.11.10.00 - - - Chancaca (panela, raspadura)

II. Se instruye a las Fuerzas Armadas y a la Policía Boliviana permitir la exportación, del -subproducto mencionado en el Parágrafo anterior, en coordinación con la Aduana Nacional, previo cumplimiento de la Ley General de Aduanas y su normativa reglamentaria vigente.