ARTICULO 2.- (MODIFICACION DEL DECRETO SUPREMO N° 27384).
Decreto Supremo 27759
27 de Septiembre, 2004
Vigente
Modifica el DS 27358 de 20/02/2004 (Reglamento a la Ley 2495 - Ley de Reestructuración Voluntaria)
ARTICULO 2.- (MODIFICACION DEL DECRETO SUPREMO N° 27384).
| I. | Se modifica el Parágrafo II del Artículo 17 del Decreto Supremo Nº 27384, de la siguiente manera: | ||||||
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| II. | Se modifica el Parágrafo III del Artículo 20 del Decreto Supremo Nº 27384, de la siguiente manera: | ||||||
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| III. | Se modifica el Parágrafo I del Artículo 25 del Decreto Supremo Nº 27384 de la siguiente manera: | ||||||
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| IV. | Se incluye en el Artículo 54 del Decreto Supremo Nº 27384, los siguientes parágrafos: | ||||||
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| V. | Se modifica el Articulo 59 del Decreto Supremo Nº 27384, de la siguiente manera: "ARTICULO 59.- (MODIFICACIONES A UNA EMISIÓN DE VALORES DE OFERTA PUBLICA). De conformidad con el Numeral 7 del Artículo 2 de la Ley N° 2495, las modificaciones a una emisión de Valores de oferta pública o canje de Valores implica una nueva emisión de Valores que deberá contar con la autorización de oferta pública de la Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros y, la inscripción de la misma en el Registro del Mercado de Valores de la Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros. Las modificaciones a una emisión de Valores o canje de Valores efectuadas al amparo de la Ley N° 2495 que implican una emisión de Valores, no estarán sujetas a los límites por categoría y niveles de riesgo establecidas en la normativa legal aplicable. La Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros mediante Resolución Administrativa expresa, regulará la normativa de castigo para Valores cuya calificación de riesgo se encuentre por debajo del grado de inversión aplicable a las entidades y Valores que se encuentran bajo el ámbito de Fiscalización, control y regulación de dicho órgano administrativo." | ||||||
| VI. | Se modifica el Parágrafo I del Artículo 60 del Decreto Supremo Nº 27384, de la siguiente manera: | ||||||
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