ARTICULO 4.- (PATRIMONIO Y PRESUPUESTO).-
Decreto Supremo 29318
24 de Octubre, 2007
Vigente
Crea la empresa pública nacional estratégica denominada "BOLIVIANA DE AVIACION” con la sigla “BoA"
ARTICULO 4.- (PATRIMONIO Y PRESUPUESTO).-
| I. | El Patrimonio de "BOLIVIANA DE AVIACION - BoA" está constituido por los recursos y bienes que el Estado disponga, así como por los recursos remanentes a la conformación de la empresa y activos asignados a la Unidad Ejecutora constituida para la conformación de la empresa. "BoA" podrá coordinar la gestión de financiamientos provenientes de otras fuentes internas o externas con las instancias públicas competentes que le permitan ampliar, modernizar y/o mejorar sus servicios, de acuerdo a disposiciones vigentes. |
| II. | Sustentada en la documentación que corresponda "BOLIVIANA DE AVIACION - BoA" a través del Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda, presentará ante el Ministerio de Hacienda el presupuesto necesario para su organización e inicio de operaciones, solicitando se transfieran los recursos de acuerdo a las normas vigentes. |