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ARTICULO 3.- (PROHIBICION DE SUSCRIBIR CONVENIOS).

Decreto Supremo 27049

26 de Mayo, 2003

Vigente

Establece el incremento salarial en el sector público y el salario mínimo nacional para la gestión 2003


ARTICULO 3.- (PROHIBICION DE SUSCRIBIR CONVENIOS).
I. Queda terminantemente prohibida la suscripción de convenios en materia salarial, que comprometan recursos públicos.

II. El incumplimiento al presente Artículo por los Ejecutivos de las Entidades Públicas o Autoridades que los representen, será considerado como defraudación de fondos fiscales y podrán ser sujetos de responsabilidad civil, sin perjuicio de otras responsabilidades previstas por la Ley Nº 1178 de 20 de julio de 1990, de Administración y Control Gubernamentales.

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