ARTICULO 3.- (PROHIBICION DE SUSCRIBIR CONVENIOS).
Decreto Supremo 27049
26 de Mayo, 2003
Vigente
Establece el incremento salarial en el sector público y el salario mínimo nacional para la gestión 2003
ARTICULO 3.- (PROHIBICION DE SUSCRIBIR CONVENIOS).
I. | Queda terminantemente prohibida la suscripción de convenios en materia salarial, que comprometan recursos públicos.
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II. | El incumplimiento al presente Artículo por los Ejecutivos de las Entidades Públicas o Autoridades que los representen, será considerado como defraudación de fondos fiscales y podrán ser sujetos de responsabilidad civil, sin perjuicio de otras responsabilidades previstas por la Ley Nº 1178 de 20 de julio de 1990, de Administración y Control Gubernamentales. |